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MATRÍCULA EXTRAORDINARIA
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ADMISIÓN
MATRICULACIÓN
TRÁMITES
INFORMACIÓN GENERAL
Durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre podrán formalizar su matrícula:
- El alumnado que se haya presentado a la convocatoria extraordinaria de septiembre, una vez publicados sus resultados.
- El alumnado que no resultó apto en junio y haya decidido no presentarse a la convocatoria extraordinaria de septiembre.
- Las personas admitidas en el proceso de admisión que aún no hayan completado su matrícula.
- Cualquier persona que no haya participado en el proceso de admisión, siempre que existan plazas vacantes en el curso y grupo deseado.
¿Cuál es el plazo de la matrícula extraordinaria?
Los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre.
¿Dónde y cómo formalizar la matrícula?
Podrá formalizar su matrícula a través de estas dos vías:
DOCUMENTACIÓN
¿Qué documentación tengo que presentar si soy antiguo/a alumno/a y quiero matricularme en la modalidad CAL o presencial?
1. Impreso de matrícula debidamente cumplimentado por duplicado (descargar aquí modalidad presencial; modalidad CAL).
2. Carnet escolar de antiguo alumnado para ser sellado en la Administración del Centro en un nuevo espacio del reverso.
3. Autorización para la cesión de derechos de imagen cumplimentada (descargar aquí).
4. Solicitud de adaptación o condiciones especiales para realización de pruebas de evaluación, en su caso (descargar aquí). El alumnado deberá justificarlo en el momento de la matriculación mediante certificación oficial del grado y tipo de discapacidad.
5. Resguardo “Ejemplar para la administración” del pago de tasas académicas (Modelo 046).
6. Los exentos del pago de tasas deberán presentar según el caso:
· Libro o Tarjeta de familia numerosa especial para acreditar la situación de familia numerosa especial.
· En el caso de solicitar beca, se deberá adjuntar la solicitud de la beca para que la matrícula quede formalizada. Una vez sea concedida, se deberá presentar en la Administración del Centro el resguardo de concesión; en caso de que sea denegada, se deberá abonar las tasas de matrícula. Para el curso escolar 2025/2026 la solicitud de beca se realizó entre el 24 de marzo y el 14 de mayo de 2025.
¿Qué documentación tengo que presentar si soy nuevo/a alumno/a y quiero matricularme en la modalidad CAL o presencial?
1. Impreso de matrícula debidamente cumplimentado por duplicado (descargar aquí modalidad presencial; modalidad CAL).
2. Fotocopia del DNI, NIE, o pasaporte. (Menores de edad: también fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte del padre/madre/tutor legal).
3. Dos fotografías recientes tamaño carnet (una para el expediente académico y otra para el carnet escolar, en su caso). El carnet escolar se facilita en el Centro a la hora de presentar la matrícula.
4. Autorización para la cesión de derechos de imagen cumplimentada (descargar aquí).
5. Solicitud de adaptación o condiciones especiales para realización de pruebas de evaluación, en su caso (descargar aquí). El alumnado deberá justificarlo en el momento de la matriculación mediante certificación oficial del grado y tipo de minusvalía.
6. Resguardo “Ejemplar para la administración” del pago de tasas académicas (Modelo 046).
8. Los exentos del pago de tasas deberán presentar según el caso:
· Libro o Tarjeta de familia numerosa para acreditar la situación de familia numerosa.
· En el caso de solicitar beca, se deberá adjuntar la solicitud de la beca para que la matrícula quede formalizada. Una vez sea concedida, se deberá presentar en la Administración del Centro el resguardo de concesión; en caso de que sea denegada, se deberá abonar las tasas de matrícula. Para el curso escolar 2025/2026 la solicitud de beca se realizó entre el 24 de marzo y el 14 de mayo de 2025.
¿Qué documentación tengo que presentar para los cursos CAPE si soy antiguo/a alumno/a?
- Impreso de matrícula debidamente cumplimentado por duplicado (descargar aquí).
- Carnet escolar del curso anterior para ser sellado en la Administración del Centro en un nuevo espacio del reverso.
- Autorización para la cesión de derechos de imagen cumplimentada (descargar aquí).
- Resguardo “Ejemplar para la administración” del pago de tasas académicas (Modelo 046).
- Los exentos del pago de tasas deberán presentar según el caso:
-
- Libro o Tarjeta de familia numerosa especial especial para acreditar la situación de familia numerosa especial especial.
- En el caso de solicitar beca, se deberá adjuntar la solicitud de la beca para que la matrícula quede formalizada. Una vez sea concedida, se deberá presentar en la Administración del Centro el resguardo de concesión; en caso de que sea denegada, se deberá abonar las tasas de matrícula. Para el curso escolar 2025/2026 la solicitud de beca se realizó entre el 24 de marzo y el 14 de mayo de 2025.
¿Qué documentación tengo que presentar para los cursos CAPE si soy nuevo/a alumno/a?
- Impreso de matrícula debidamente cumplimentado por duplicado (descargar aquí).
- Fotocopia del DNI, NIE, o pasaporte. (Menores de edad: también fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte del padre/madre/tutor legal).
- Dos fotografías recientes tamaño carnet (una para el expediente académico y otra para el carnet escolar, en su caso. El carnet escolar se facilita en el Centro a la hora de presentar la matrícula).
- Autorización para la cesión de derechos de imagen cumplimentada (descargar aquí).
- Resguardo “Ejemplar para la administración” del pago de tasas académicas (Modelo 046)
- Los exentos del pago de tasas deberán presentar según el caso:
-
- Libro o Tarjeta de familia numerosa especial especial para acreditar la situación de familia numerosa especial especial.
- En el caso de solicitar beca, se deberá adjuntar la solicitud de la beca para que la matrícula quede formalizada. Una vez sea concedida, se deberá presentar en la Administración del Centro el resguardo de concesión; en caso de que sea denegada, se deberá abonar las tasas de matrícula. Para el curso escolar 2025/2026 la solicitud de beca se realizó entre el 24 de marzo y el 14 de mayo de 2025.
TASAS ACADÉMICAS
¿Cuáles son las tasas académicas?
Las tasas académicas para el curso 2025/2026 son las siguientes:
TASAS MATRÍCULA ALUMNADO OFICIAL ORDINARIA FAMILIA NUMEROSA
ALUMNADO ANTIGUO
PRIMER IDIOMA57,88€
Matrícula por Asignatura: 49,11€
Servicios generales: 8,77€
28,95€
Matrícula por Asignatura: 24,56€
Servicios generales: 4,39€
ALUMNADO ANTIGUO
SEGUNDO IDIOMA49,11€
Matrícula por Asignatura: 49,11€
Servicios generales: 0,00€
24,56€
Matrícula por Asignatura: 24,56€
Servicios generales: 0,00€
NUEVO ALUMNADO
PRIMER IDIOMA79,81€
Apertura de Expediente: 21,93€
Matrícula por Asignatura: 49,11€
Servicios generales: 8,77€
39,92€
Apertura de Expediente: 10,97€
Matrícula por Asignatura: 24,56€
Servicios generales: 4,39€
NUEVO ALUMNADO
SEGUNDO IDIOMA49,11€
Apertura de Expediente: 0,00€
Matrícula por Asignatura: 49,11€
Servicios generales: 0,00€
24,56€
Apertura de Expediente: 0,00€
Matrícula por Asignatura: 24,56€
Servicios generales: 0,00€
- El ingreso se podrá efectuar de forma telemática (acceder aquí) o en cualquier entidad bancaria.
¿Cuáles son las bonificaciones y excepción de pago de tasas?
1. Estarán exentos del pago de la tasa los siguientes solicitantes que tengan reconocida su condición, siempre que quede acreditado de conformidad con la normativa aplicable:
- El alumnado miembro de familias numerosas de la categoría especial.
- El alumnado que, como consecuencia de actos terroristas, haya sufrido daños personales que sean de especial trascendencia, o que lo inhabiliten para el ejercicio de su profesión habitual, o cuyos familiares hasta segundo grado de consanguinidad, tutores o guardadores, hayan sufrido dichos daños.
- Las víctimas de violencia de género, doméstica o de ambas (A estos efectos, tendrán la consideración de víctima de violencia doméstica las personas a que se refiere el artículo 173.2 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que cuenten con orden de protección en vigor e inscrita en el Registro Central para la Protección de las víctimas de la Violencia Doméstica, o con sentencia judicial firme por tal motivo en los últimos diez años.).
- Las personas con discapacidad, en un grado igual o superior al 33%.
- El alumnado que resulte beneficiario de las becas incluidas en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio que se realice cada curso escolar.
¡¡Atención!! El alumnado solicitante de beca podrá formalizar la matrícula condicionalmente sin el previo pago de las tasas establecidas, acreditando esta circunstancia con la documentación justificativa en el momento de la matrícula. Una vez resuelta la convocatoria de becas o ayudas, quienes hayan resultado beneficiarios de las mismas deberán presentar la resolución de concesión en la Secretaría del centro. Si la solicitud resultase denegada o, una vez concedida la beca, fuese revocada, habrán de satisfacer las tasas establecidas en el plazo de treinta días a partir de la notificación de la resolución denegatoria o de revocación, sin que sea necesario requerimiento previo de la Administración. El impago de las tasas supondrá el desistimiento de la matrícula. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El nuevo estado de la matrícula, que no computará a efectos de límite de permanencia, será el de no efectiva por falta de pago y, de esta forma, debe ser grabado por el centro en el Sistema de Información Séneca. Para poder continuar sus estudios, este alumnado deberá participar nuevamente en el proceso de admisión.
2. Tendrá derecho a una bonificación del 50% el alumnado miembro de familias numerosas de la categoría general que tenga reconocida su condición, siempre que quede acreditado de conformidad con la normativa aplicable.
3. Las condiciones exigidas en los apartados 1 y 2 deberán concurrir a la fecha del devengo de la tasa. La presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para que pueda recabar dicha información.
¿Cómo realizar el pago de tasas mediante el modelo 046 de manera telemática?
Para cumplimentar el pago de las tasas mediante el modelo 046 tienes que pinchar en el enlace que aparece abajo y seguir las siguientes instrucciones:
- Marcar la casilla “autoliquidación”.
- Concepto: “Matrícula oficial en (indicar el idioma y nivel) curso 2025/2026”
- Fecha de devengo: fecha en la que se realiza el pago de tasas.
- Clicar en “solicita bonificación sobre la tasa…” en caso de realizar el pago de forma telemática.
- Código territorial: ED1464
- Concepto de pago: 0026
- Tasas de carnet escolar: Exento
Pago de tasas: modelo 046
INFORMACIÓN ADICIONAL
¿Cuáles son los límites de permanencia por nivel?
Según el Decreto 499/2019, de 26 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Andalucía, los límites de permanencia por nivel son los siguientes:
- Nivel Básico (A1 y A2): cuatro cursos académicos.
- Nivel Intermedio B1: dos cursos académicos.
- Nivel Intermedio B2 (B2.1 y B2.2): cuatro cursos académicos.
- Nivel Avanzado C1 (C1.1 y C1.2): cuatro cursos académicos.
- Nivel Avanzado C2: dos cursos académicos.